Sentencia N° 1702 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1702, Exp. 08-1464, 10/12/2009
Expediente08-1464
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónTerminación del procedimiento por abandono del trámite

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara la terminación del procedimiento por abandono del trámite en la acción de amparo constitucional interpuesta por GRAFITOS DEL ORINOCO C.A. contra una decisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. Se establece que el accionante no mostró interés en continuar con el proceso, ya que transcurrieron más de seis meses sin ninguna actuación procesal.

Extracto de la motiva

Efectivamente, en la doctrina transcrita se establece que los que soliciten la tutela de sus derechos fundamentales, deben mantener a lo largo del proceso el interés en la obtención de la tutela urgente y preferente que consiste en el medio constitucional del amparo, y ello se demuestra mediante la presentación de escritos o diligencias en los que tal interés quede de manifiesto. Por tanto, visto que en el expediente que ocupa a la Sala se ha verificado la pérdida del interés de la parte actora, ello en virtud de que han transcurrido más de seis meses desde el 17 de febrero de 2009 –oportunidad en la cual compareció la parte actora-, y siendo que el asunto planteado versa sobre la presunta violación de las garantías a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y del derecho a la defensa contemplados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, por cuanto, no se genera en la presente causa afectación al orden público ni a las buenas costumbres, se declara el abandono del trámite por la parte demandante, correspondiente a la pretensión de tutela constitucional que se examina, de conformidad con el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y, en consecuencia, la terminación del procedimiento.

Dispositiva

Por las razones que fueron expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara LA TERMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite, correspondiente a la pretensión de amparo que incoó el abogado Darío Plaz Lugo, en su condición de apoderado judicial de GRAFITOS DEL ORINOCO C.A., contra la sentencia dictada el 8 de octubre de 2008, por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar. Se IMPONE al accionante una multa de CINCO BOLÍVARES FUERTES (Bsf. 5,00), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos.

Palabras clave

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