Sentencia N° 1701 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2009
TSJ/SC, Sent. N° 1701, Exp. 08-0175, 10/12/2009
Expediente08-0175
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-12-10
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Francisco José Tarre Boscán contra los actos del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de Zulia. Se argumenta que el juzgado incurrió en violaciones al debido proceso al no notificar adecuadamente a las partes y al permitir que la única postora en un remate judicial tuviera un lapso adicional para completar la caución, lo que interrumpió el acto de remate. La Sala concluye que estas irregularidades afectan los derechos constitucionales del demandante a la tutela judicial efectiva y al debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley: 1.- Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Orlando Oballos Roa, en representación de ALL STAR BASEBALL MUSEUM C.A. contra la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2007, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2.- REVOCA el mencionado fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional. 3.- Declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ TARRE BOSCÁN, asistido por el abogado Anibal Batista Rosario, contra “los actos, decisiones y resoluciones dictada (sic) por el Juzgado PRIMERO (sic) de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia”.
Dispositiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley: 1.- Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Orlando Oballos Roa, en representación de ALL STAR BASEBALL MUSEUM C.A. contra la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2007, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2.- REVOCA el mencionado fallo dictado por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que declaró CON LUGAR la presente acción de amparo constitucional. 3.- Declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional ejercida por el ciudadano FRANCISCO JOSÉ TARRE BOSCÁN, asistido por el abogado Anibal Batista Rosario, contra “los actos, decisiones y resoluciones dictada (sic) por el Juzgado PRIMERO (sic) de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia”.
Palabras clave
amparo constitucionaldebido procesoremate judicialtutela judicial efectivaZuliaacción de amparoderechos constitucionales