Sentencia N° 1701 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1701, Exp. 02-2099, 23/06/2003
Expediente02-2099
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-23
DecisiónINADMISIBLE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia confirma la sentencia de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declaró inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Rubén Darío Guerra. La Corte fundamentó su decisión en que el escrito de demanda contenía conceptos ofensivos e irrespetuosos hacia el Poder Judicial y la Defensoría del Pueblo, lo que contraviene el artículo 84 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia.
Extracto de la motiva
De autos se desprende que el ciudadano Rubén Darío Guerra intentó demanda de amparo contra el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara. Posteriormente, el Juzgado de Control declaró su incompetencia para el conocimiento de la demanda de amparo y declinó la competencia en un Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio del mismo Circuito Judicial Penal, de conformidad con el artículo 74 del Código Orgánico Procesal Penal derogado. El Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara declinó la competencia en la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. La Corte Primera de lo Contencioso Administrativo luego de que declaró su competencia para el conocimiento de la causa, declaró inadmisible la demanda de amparo a tenor de lo que establece el artículo 84, cardinal 6, de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, por cuanto el escrito de demanda de amparo y el de corrección del escrito contenían conceptos ofensivos e irrespetuosos contra operadores del Poder Judicial y de la Defensoría del Pueblo. Además, la Corte ordenó la remisión del escrito de pretensión de amparo y de la decisión del caso bajo examen a la Fiscalía General de la República, para que determinase si existía algún tipo penal en el que encuadrase la conducta del demandante en amparo.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, CONFIRMA la sentencia que fue objeto de consulta que dictó la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 3 de abril de 2002 y declara INADMISIBLE la demanda de amparo que incoó el ciudadano RUBÉN DARÍO GUERRA contra el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental. Se IMPONE a la parte actora una multa de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,00), pagaderos, a favor de la Tesorería Nacional, en las oficinas del Banco Central de Venezuela. La parte sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación, en autos, del comprobante correspondiente, dentro de los cinco días siguientes a su notificación.
Palabras clave
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