Sentencia N° 1700 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de octubre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1700, Exp. 18-0012, 29/10/2025
Expediente18-0012
PonenteJANETTE TRINIDAD CÓRDOVA CASTRO
MateriaCivil
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-29
DecisiónParcialmente ha lugar la solicitud de revisión constitucional, confirmándose la disolución del vínculo matrimonial y declarando la nulidad parcial de la decisión N° 443 respecto a la condenatoria en costas.
Resumen
La Sala Constitucional del TSJ revisó la decisión N° 443 de la Sala de Casación Civil, que había declarado con lugar un recurso de casación en un caso de divorcio. Se confirmó la disolución del vínculo matrimonial, pero se declaró la nulidad parcial de la condena en costas, argumentando que no existió vencimiento recíproco. La Sala enfatizó la importancia de aplicar correctamente los principios de expectativa plausible y tutela judicial efectiva en el contexto de la nueva interpretación del divorcio en el ordenamiento jurídico venezolano.
Extracto de la motiva
motivaciones expresadas el fallo recurrido; 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, única y exclusivamente en cuanto a la procedencia de la impugnación a la estimación libelar, contra la sentencia dictada en fecha 19 de enero de 2016, por el Juzgado Segundo Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico; 3) Se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL EXISTENTE ENTRE LOS CIUDADANOS MARÍA ISABEL ALBITREZ BARROS Y OLEGARIO LLASHAG CERDA, contraído el 4 de noviembre de 1995 en la República de Perú e insertada por ante la Prefectura del Municipio Francisco de Miranda del estado Guárico el 19 de enero de 1999; 4) por la naturaleza de la motiva de la decisión se condena a cada una de las partes del presente juicio al pago de costas procesales, de conformidad con lo establecido en el artículo 275 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto se configuró un vencimiento recíproco o mutuo.” (sic) (Mayúsculas del texto original). IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 1 de 41 El 9 de enero de 2018, se dio cuenta en Sala y se designó ponente al Magistrado Juan José Mendoza Jover. El 5 de febrero de 2021, se reconstituyó esta Sala Constitucional en virtud de la elección de la nueva Junta Directiva de este Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, quedó integrada de la siguiente manera: Magistrada Lourdes Benicia Suárez Anderson, presidenta; Magistrado Arcadio Delgado Rosales, vicepresidente; y los Magistrados y Magistradas Carmen Zuleta de Merchán, Juan José Mendoza Jover, Calixto Antonio Ortega Ríos, Luis Fernando Damiani Bustillos y René Alberto Degraves Almarza. El 27 de abril de 2022, se constituyó esta Sala Constitucional en virtud de la incorporación de las magistradas y de los magistrados designadas y designados por la Asamblea Nacional en sesión ordinaria celebrada el 26 de abril de 2022, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivaria
Dispositiva
Se confirma la disolución del vínculo matrimonial y se declara la nulidad parcial de la decisión N° 443 de la Sala de Casación Civil, únicamente respecto a la condenatoria en costas.