Sentencia N° 17 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de febrero de 2008

TSJ/SC, Sent. N° 17, Exp. 07-1853, 19/02/2008
Expediente07-1853
PonenteLuisa Estella Morales Lamuño
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de revisión de una sentencia dictada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo. El solicitante, Hernán Henrique Guerrero Pulido, impugnó la decisión que declaró sin lugar su recurso de apelación y confirmó un fallo anterior. La Sala consideró necesario requerir información adicional para garantizar la tutela judicial efectiva y ordenó al solicitante presentar documentación relevante en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

Ahora bien, esta Sala observa, a los fines de salvaguardar la tutela judicial efectiva en cada caso, que le es dado al juez de la revisión constitucional, previo a la emisión del fallo correspondiente, la posibilidad de requerir la información que sea necesaria a las partes o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del asunto sometido a su conocimiento. En tal sentido, y en aras de realizar un pronunciamiento ajustado a derecho y de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales, a tenor de lo previsto en el artículo 21, párrafo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, para mejor proveer, esta Sala considera imprescindible que dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, el ciudadano Hernán Henrique Guerrero Pulido, en su condición de parte actora, consigne copia certificada de las siguientes actas: i) Punto de Cuenta N° 1 del 17 de enero de 2003, donde se acordó tramitar su jubilación; ii) Acto administrativo por medio del cual se le acordó su jubilación; iii) Oficio N° 97 del 14 de abril de 2003, en virtud del cual “fue dejado sin efecto” el acto administrativo por medio del cual se le acordó la jubilación; iv) Acto administrativo por medio del cual fue acordada su remoción del cargo de Secretario Ejecutivo, que desempeñaba en el Fondo Nacional de Desarrollo Urbano (FONDUR); v) Escrito contentivo de la querella funcionarial ejercida contra el referido acto de remoción; vi) Documentación contenida en el Expediente Administrativo de la cual derive el tiempo de servicio prestado a la Administración Pública, a efectos de la antigüedad, y vii) cualquier otra información o documentación que considere pertinente para la resolución de la presente causa.

Dispositiva

Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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