Sentencia N° 1698 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1698, Exp. 13-0486, 29/11/2013
Expediente13-0486
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la acción de amparo constitucional interpuesta por la Sociedad Mercantil UNICORNIO AZUL,C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Civil que declaró sin lugar el recurso de apelación y confirmó el fallo de desalojo. La Sala consideró que la parte demandante no había perdido el interés en la acción y que los vicios alegados en la citación no eran procedentes, ya que la citación se realizó conforme a la normativa aplicable. Finalmente, se ordenó la notificación del juez del Juzgado Superior y se fijó la oportunidad para la audiencia oral.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1. Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Gerardo Ramírez y William González, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil UNICORNIO AZUL,C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo el 13 de febrero de 2013. 2. Se ORDENA la notificación del juez del Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y una vez que conste en autos dicha notificación, la Sala fijará, dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme a lo establecido en la sentencia N° 2197, que con carácter vinculante, dictó esta Sala el 23 de noviembre de 2007. Igualmente, se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República por autoridad de la Ley declara: 1. Se ADMITE la acción de amparo constitucional interpuesta por los abogados Gerardo Ramírez y William González, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil UNICORNIO AZUL,C.A., contra la decisión dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo el 13 de febrero de 2013. 2. Se ORDENA la notificación del juez del Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo y una vez que conste en autos dicha notificación, la Sala fijará, dentro del lapso de cuatro (4) días siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral, conforme a lo establecido en la sentencia N° 2197, que con carácter vinculante, dictó esta Sala el 23 de noviembre de 2007. Igualmente, se ordena remitir copias tanto de la presente decisión, como del escrito contentivo de la acción adjunto a la notificación antes ordenada. 3. Se ORDENA al Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, notificar al los abogados Gerardo Ramírez y William González, actuando como apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil UNICORNIO AZUL, C.A., Igualmente, deberá notificar a las ciudadanas Adriana Magdalena del R. Biagotti Carrillo de Mazzarri, Aleida Mercedes Biagotti Carrillo de Briceño y Alba María Biagotti Carrillo de Zambrano, antes identificadas, demandantes en el juicio de desalojo, a fin de que concurran a la audiencia constitucional en la oportunidad que sea fijada al efecto. Dicho Juzgado debe dar cuenta de lo antes ordenado de inmediato a esta Sala.

Palabras clave

amparo constitucionaldesalojoderecho a la defensa

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