Sentencia N° 1695 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de septiembre de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 1695, Exp. 04-1020, 04/10/2006
Expediente04-1020
PonenteMARCOS TULIO DUGARTE PADRÓN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-09-22
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nº 2223, declarando CON LUGAR la apelación interpuesta por VINJECA, C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, que había declarado improcedente la acción de amparo. Se revocó la decisión anterior y se declaró NULA la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil. Además, se ordenó remitir el expediente a un Juzgado de Primera Instancia distinto para que conociera de la apelación intentada, considerando los problemas advertidos en el proceso.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la acción de amparo constitucional interpuesta por VINJECA, C.A., considera que la decisión del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección del Niño y del Adolescente y Agrario, que declaró improcedente la acción de amparo, no se ajusta a derecho. En este sentido, se establece que la acción de amparo es procedente cuando se vulneran derechos fundamentales, y en el presente caso, se evidencia que la decisión impugnada afecta derechos de la empresa demandante. Por lo tanto, se revoca la decisión y se declara CON LUGAR la acción de amparo, ordenando la nulidad de la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil, y se remite el expediente a un Juzgado de Primera Instancia para que se conozca de la apelación intentada, garantizando así el debido proceso y la protección de los derechos de las partes involucradas.

Dispositiva

1°) CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de VINJECA, C.A. (VINJECA), el 14 de abril de 2004. 2°) REVOCA la decisión dictada por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo, Protección del Niño y del Adolescente y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 12 de abril de 2004. 3°) Declara CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por representantes judiciales de VINJECA, C.A., contra la sentencia del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, del 25 de enero de 2002. En consecuencia, se declara NULA la sentencia accionada. 4°) Ordena REMITIR el presente expediente a un Juzgado de Primera Instancia, distinto al que dictó la decisión accionada, para que conozca de la apelación intentada y, en su decisión, tome en consideración la existencia de los problemas advertidos en el proceso.

Palabras clave

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