Sentencia N° 1694 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1694, Exp. 12-0705, 06/12/2012
Expediente12-0705
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-06
DecisiónIMPROCEDENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 1.472, declaró improcedente la solicitud de aclaratoria presentada por Karla Claverie Malpica respecto a un fallo anterior. La Sala argumentó que la solicitud no se relacionaba con los términos de la decisión original y que no existían puntos dudosos ni errores que justificaran la aclaratoria. Se enfatizó la importancia del interés superior del niño en el contexto de las autorizaciones judiciales para viajar, pero se determinó que la aclaratoria no era procedente en este caso.
Extracto de la motiva
La figura de la aclaratoria o ampliación -aplicable por remisión expresa del artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales- está prevista en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, el cual es del siguiente tenor: 'Después de pronunciada la sentencia definitiva o la interlocutoria sujeta a apelación no podrá revocarla ni reformarla el Tribunal que la haya pronunciado. Sin embargo, el Tribunal podrá, a solicitud de parte, aclarar los puntos dudosos, salvar las omisiones y rectificar los errores de copia, de referencias o de cálculos numéricos, que aparecieren de manifiesto en la misma sentencia, o dictar ampliaciones, dentro de tres días, después de dictada la sentencia, con tal de que dichas aclaraciones y ampliaciones las solicite alguna de las partes en el día de la publicación o en el siguiente'. Observa la Sala que, en el presente caso, la referida sentencia fue dictada fuera del lapso previsto para ello, de manera que aun cuando la solicitante no hizo mención a ello, la misma se solicitó el día en que se dio por notificada del fallo, razón por la cual se estima que la referida aclaratoria fue planteada tempestivamente. Así se decide.
Dispositiva
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada por la ciudadana Karla Claverie Malpica, representada por la abogada Patricia Parra de López, del referido fallo de esta Sala N° 1.472 del 9 de noviembre de 2012, en el sentido que esta Sala se pronuncie sobre lo '(...) relativo a las autorizaciones judiciales para viajar al exterior de la República'. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.