Sentencia N° 1688 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de octubre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1688, Exp. 22-0208, 29/10/2025
Expediente22-0208
PonenteMichel Adriana Velásquez Grillet
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la revisión de la decisión No. 048-21 dictada por la Corte de Apelaciones en materia de delitos de violencia contra la mujer. El solicitante, Vicente Alfonzo Rodríguez, argumentó que la decisión de inadmisibilidad del recurso de apelación fue errónea y violatoria del debido proceso. La Sala declaró su competencia para conocer la revisión y ordenó la remisión de copias certificadas de las actuaciones del expediente correspondiente.
Extracto de la motiva
Destacó el solicitante de la revisión que “Tal fallo de la Corte de Apelaciones, al errar en contar el término para apelar, reduciéndolo de 5 a 4 días y negando una apelación que era temporánea, aun si fuera de 4 días el lapso, violó el debido proceso (art 49 Constitucional) e infringe el derecho a la defensa de mi poderdante, ya que con la acusación particular propia que el Tribunal Cuarto de Control negó, surgía una decisión ante dicho juzgado sobre la continuidad del proceso y sobre un auto de sobreseimiento en discusión sobre su legitimidad, siendo el art. 49 Constitucional el violado por las razones expuestas contra el fallo impugnado”.
Dispositiva
1.- Tiene COMPETENCIA para conocer de la revisión presentada por el ciudadano Vicente Alfonzo Rodríguez, en su carácter de representante legal de la ciudadana DANIELA ALEJANDRA DE LA CARIDAD AUXILIADORA RODRÍGUEZ PEÑA, debidamente asistido por el ciudadano José Gregorio Suárez Sánchez, ya identificados, de la decisión No. 048-21 dictada el 16 de junio de 2021, por la Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer de la Región Capital, en el expediente distinguido con el alfanumérico AP01-R-M-2021-000012. 2.- ORDENA requerir a la Jueza Coordinadora del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Área Metropolitana de Caracas, la remisión a esta Sala de copias certificadas de las actuaciones cursantes al expediente identificado con el alfanumérico AP01-S-2018-000219.
Palabras clave
revisión constitucionaldebido procesoapelaciónderecho a la defensaviolencia de género