Sentencia N° 1688 — Sala Constitucional del TSJ, 6 de noviembre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1688, Exp. 07-0625, 06/11/2008
Expediente07-0625
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAclaratoria
Fecha de la decisión2008-11-06
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de aclaración presentada por el abogado David Alejandro Cestari Ewing, Juez Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, en relación con la sentencia N° 2957 dictada el 20 de julio de 2007. La Sala argumenta que la solicitud no se basa en la existencia de puntos oscuros o dudas, sino en una inconformidad con el contenido de la decisión anterior, lo que excede los límites establecidos por el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil.
La Sala aclara que la potestad aclaratoria no debe implicar una modificación esencial del fallo y que el solicitante no tiene legitimidad para solicitar aclaratorias en decisiones que no afectan sus derechos. Se enfatiza que los jueces no pueden cuestionar las decisiones de sus superiores, lo que refuerza el principio de desinterés en el ejercicio de la función jurisdiccional.
Finalmente, se resalta que la solicitud de aclaración es inadmisible, ya que no se ajusta a los supuestos que permiten tal acción, y se reafirma la decisión de la Sala en cuanto a la inadmisibilidad de la solicitud.
Extracto de la motiva
La Sala aclara que la potestad aclaratoria no debe implicar una modificación esencial del fallo y que el solicitante no tiene legitimidad para solicitar aclaratorias en decisiones que no afectan sus derechos. Se enfatiza que los jueces no pueden cuestionar las decisiones de sus superiores, lo que refuerza el principio de desinterés en el ejercicio de la función jurisdiccional.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de aclaración que planteó el abogado DAVID ALEJANDRO CESTARI EWING, Juez Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en relación con la sentencia n.° 2957, cuya publicación esta Sala ordenó el 20 de julio de 2007. Publíquese, regístrese y devuélvase el expediente.
Palabras clave
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