Sentencia N° 1683 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de octubre de 2025
TSJ/SC, Sent. N° 1683, Exp. 24-0934, 29/10/2025
Expediente24-0934
PonenteLuis Fernando Damiani Bustillos
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-29
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del TSJ dictó una sentencia en respuesta a las apelaciones interpuestas por las sociedades mercantiles INDUSA, C.A. y DISTRIBUIDORA AGRÍCOLA DO-GIL, C.A. en relación a un juicio por cobro de bolívares. Se observó que los amparos constitucionales tenían como objetivo las actuaciones del juicio, que se encontraba en fase de ejecución para el remate de un bien inmueble. La Sala ordenó al Juzgado correspondiente informar sobre el estado del remate y otorgó un lapso para cumplir con esta solicitud.
Extracto de la motiva
Asimismo, observa esta Sala que para el 9 de agosto de 2024, oportunidad en la que fueron deducidas las pretensiones de amparo, el juicio primigenio se encontraba en fase de ejecución, específicamente, para llevarse a cabo el acto de remate judicial de un bien inmueble propiedad de la parte demandada, por lo que habiendo transcurrido varios meses desde ese entonces, lo más probable es que la adjudicación en subasta pública ya se haya consumado, lo que podría tener influencia determinante en la decisión de esta Alzada, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y 145 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, juzga necesario dictar un auto para mejor proveer requiriendo información sobre tal particular.
Dispositiva
SE ORDENA al Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto que informe si se llevó a cabo el acto de remate del bien inmueble propiedad de la parte demandada sociedad mercantil Distribuidora Agrícola Do-Gil, C.A.
Palabras clave
amparo constitucionalcobro de bolívaresremate judicial