Sentencia N° 1682 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1682, Exp. 13-0975, 29/11/2013
Expediente13-0975
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-29
DecisiónCon Lugar

Resumen

El ciudadano Alfonso de Jesús Loaiza Gil interpuso una acción de amparo constitucional contra la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de Mérida debido al diferimiento de una audiencia oral y la omisión de pronunciamiento sobre su solicitud de desistimiento tácito del recurso de apelación. La Sala Constitucional, al evaluar la situación, decidió oficiar a la Corte de Apelaciones para que informara sobre la decisión respecto a la solicitud presentada por el demandante. La sentencia se dictó en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, ordenando a la Corte de Apelaciones cumplir con la solicitud en un plazo determinado.

Extracto de la motiva

Ahora, visto que, el hoy accionante denunció como uno de los hechos lesivos de sus derechos y garantías constitucionales la presunta omisión de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida respecto a la antedicha solicitud, esta Sala, previo a cualquier pronunciamiento en cuanto la admisión de la presente acción de amparo, y en aras de garantizar la efectiva tutela de los derechos constitucionales de ambas partes, a tenor de lo previsto en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y en la jurisprudencia de la Sala establecida en la sentencia n.° 522, de fecha 08 de junio de 2000, caso: Rafael Marante Oviedo, estima necesario oficiar al Presidente de la señalada Corte de Apelaciones para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más siete (07) días del término de la distancia correspondiente, informe a esta Sala si dictó decisión en torno a la solicitud formulada, el 19 de junio de 2013, por el ciudadano Alfonso de Jesús Loaiza Gil, en relación a la declaratoria de desistimiento del recurso de apelación ejercido por el abogado Genis Navarro Serna, en su carácter de defensor del ciudadano Héctor Luis Del Castillo Paredes y, de ser el caso, remita copia certificada de la misma.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, ORDENA oficiar al Presidente de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida para que, dentro de los cinco (05) días siguientes al recibo de la respectiva comunicación, más siete (07) días del término de la distancia correspondiente, informe a esta Sala si dictó decisión en torno a la solicitud formulada, el 19 de junio de 2013, por el ciudadano Alfonso de Jesús Loaiza Gil, en relación a la declaratoria de desistimiento del recurso de apelación ejercido por el abogado Genis Navarro Serna, en su carácter de defensor del ciudadano Héctor Luis Del Castillo Paredes y, de ser el caso, remita copia certificada de la misma, “so pena” de incurrir en la infracción señalada en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

amparo constitucionalapelaciónCorte de Apelacionesderechos procesalesjusticia

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