Sentencia N° 1681 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de noviembre de 2023
TSJ/SC, Sent. N° 1681, Exp. 21-0673, 30/11/2023
Expediente21-0673
PonenteMICHEL ADRIANA VELÁSQUEZ GRILLET
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2023-11-30
DecisiónCOMPETENTE
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis Bastidas de León en representación de Juan Carlos Zerpa Araujo. La acción fue presentada contra la decisión de la Corte de Apelaciones que declaró inadmisible la acción de amparo, alegando violaciones al debido proceso y a la defensa. La Sala, tras revisar el expediente, determinó que la Corte de Apelaciones no había evidenciado adecuadamente las omisiones denunciadas, por lo que se declaró competente para conocer del caso y ordenó la remisión de los documentos pertinentes.
Extracto de la motiva
De allí que, previo a cualquier pronunciamiento sobre el fondo de la acción de amparo interpuesta, cumpliendo con la función tuitiva del texto Constitucional, siendo criterio reiterado por la doctrina de esta Sala, que el juez constitucional puede solicitar la información que requiera para sustanciar la causa sometida a su consideración, siempre que contribuya al esclarecimiento de la situación jurídica denunciada como infringida, se estima necesario a los fines de formar un mejor criterio que conlleve a una decisión ajustada a derecho, de conformidad con lo establecido en el último aparte del artículo 145 de la Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, debe ORDENARSE a la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que en el lapso de tres (3) días siguientes a su notificación más ocho días (8) días del término de la distancia, remita a esta Sala Constitucional copia certificada del auto y/o todos los folios correspondientes, a través de los cuales según lo indicado por la misma, el Juzgado Cuarto de Control con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia dio respuesta a las solicitudes presentadas por el abogado defensor del ciudadano Juan Carlos Zerpa Araujo, en la causa signada bajo el alfanumérico N°VP02P-2016.005859. En caso de que el expediente no se encuentre en la Corte de Apelaciones referida, deberá recabar la información solicitada en el lugar donde se encuentre lo indicado en la causa penal señalada supra.
Dispositiva
Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente apelación. SE ORDENA a la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que en el lapso de tres (3) días siguientes a su notificación más ocho días (8) días del término de la distancia, remita a esta Sala Constitucional copia certificada del auto y/o todos los folios correspondientes.