Sentencia N° 1679 — Sala Constitucional del TSJ, 29 de noviembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1679, Exp. 13-0804, 29/11/2013
Expediente13-0804
PonenteJuan José Mendoza Jover
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-29
DecisiónACUMULACIÓN
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de amparo constitucional presentada por los ciudadanos Milagro del Carmen Mena González y Gustavo Pindaro Fernández González, quienes alegaron violaciones a su derecho a la participación política por parte del Consejo Nacional Electoral. La Sala declaró su competencia para conocer del asunto y consideró que la acción cumplía con los requisitos de forma establecidos en la ley.
La decisión se centró en la acumulación de causas, dado que existía una conexión entre la acción de amparo presentada y otra previamente admitida. La Sala resolvió acumular el expediente 13-0804 al expediente 13-0739 para su resolución conjunta, buscando evitar fallos contradictorios y promoviendo la economía procesal.
Finalmente, la Sala ordenó a la Secretaría proceder con la acumulación de las causas, reafirmando su compromiso con la justicia y la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer del presente asunto y, a tal efecto, observa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, numeral 22 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; a esta juzgadora constitucional corresponde el conocimiento de las demandas de amparo incoadas en contra de “los actos, actuaciones y omisiones del Consejo Nacional Electoral, de la Junta Electoral Nacional, de la Comisión de Registro Civil y Electoral, de la Comisión de Participación Política y Financiamiento, así como de los demás órganos subalternos y subordinados del Poder Electoral”; y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual establece que el Tribunal Supremo de Justicia conocerá en única instancia las acciones de amparo contra los hechos, actos y omisiones del Consejo Supremo Electoral y demás organismos electorales del país.
En virtud de lo anterior, y como quiera que fue instada una acción de tutela constitucional por presuntas infracciones imputadas al Consejo Nacional Electoral, esta Sala Constitucional se declara competente para resolver este asunto. Así se declara. Determinado lo anterior, esta Sala Constitucional, luego de haber analizado el escrito contentivo de la acción de amparo y declarada como ha sido su competencia para conocer de la misma, observa que la misma cumple con los requisitos de forma contenidos en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Ahora, a los fines de realizar el examen de las causales de inadmisibilidad de la acción de amparo constitucional consagradas en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, esta Sala considera necesario formular las siguientes consideraciones: La presente acción de amparo constitucional fue intentada contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), por la violación del derecho constitucional a la participación política, establecido en los artículos 62 y 67 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pretendiendo obtener un pronunciamiento que ordene al mencionado Órgano la activación de la clave para postular candidatos y candidatas que van a optar a ser electos Alcaldes o Alcaldesas Municipales y Concejales o Concejalas Municipales en el venidero proceso electoral del 8 de diciembre del presente año.
Dispositiva
ORDENA a la Secretaría de esta Sala Constitucional, proceder a la ACUMULACIÓN de la causa contenida en el expediente 13-0804, a la causa contenida en el expediente 13-0739, para su resolución conjunta, de conformidad con los alegatos expuestos en la presente decisión. Así se decide. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
amparo constitucionalparticipación políticaConsejo Nacional Electoralacumulación de causas