Sentencia N° 1673 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de diciembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1673, Exp. 15-1292, 17/12/2015
Expediente15-1292
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2015-12-17
DecisiónSe ADMITE la solicitud planteada.

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia admitió la solicitud de avocamiento presentada por JOAO MENDES PEDRO, en representación de DECORACIONES J.J.M., S.R.L., en relación a un caso de reivindicación de bienhechurías. Se argumentó que hubo un fraude procesal y violaciones al orden público constitucional, afectando los derechos patrimoniales de la República y el debido proceso. La Sala, tras analizar la situación, decidió que era competente para conocer el caso y ordenó la remisión del expediente al tribunal correspondiente.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional, al analizar la solicitud de avocamiento, consideró que la situación planteada por el accionante evidenciaba una posible violación al orden público constitucional, lo que justificaba su intervención. Se destacó la importancia de salvaguardar los intereses del Estado y la necesidad de garantizar el debido proceso en el marco de la justicia. La Sala reiteró que el avocamiento es un mecanismo excepcional que debe ser ejercido con prudencia, pero que en este caso era necesario para restablecer el orden jurídico y proteger los derechos fundamentales involucrados.

Dispositiva

1. Se ADMITE la solicitud planteada. 2. Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala oficiar al Tribunal Superior Sexto Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de notificarle del contenido de la presente decisión y requerirle la remisión inmediata del expediente identificado con el alfanumérico AP71-R-2015-000524, con sus anexos y cuadernos separados si los hubiere. 3. Se ORDENA a la Secretaría de esta Sala que, una vez recibido el expediente solicitado, notifique del presente fallo a los que constituyen la parte demandada en esa causa, así como a la Procuraduría General de la República.

Palabras clave

avocamientofraude procesalderecho al debido procesointerés generalreivindicación

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