Sentencia N° 1669 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de agosto de 2004
TSJ/SC, Sent. N° 1669, Exp. 03-1829, 19/08/2004
Expediente03-1829
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2004-08-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Jairo Renato Jaspe Guerrero y Marlene Josefina Rondón contra sentencias del Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores. La Sala argumenta que existe inepta acumulación de pretensiones, ya que cada uno de los accionantes tiene interés en ser amparado solo respecto del fallo que les resulta adverso, lo que impide la acumulación de sus demandas en un solo amparo. Además, se señala que la Sala es competente para conocer de acciones de amparo contra sentencias de última instancia, aunque no se mencione expresamente en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE para su tramitación, por inepta acumulación de pretensiones, el amparo constitucional intentado por la abogada Sara Ligia Navarro Pestana, en representación de los ciudadanos JAIRO RENATO JASPE GUERRERO y MARLENE JOSEFINA RONDÓN, antes identificados, en contra de las sentencias dictadas por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, el 21 y 25 de febrero de 2003.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE para su tramitación, por inepta acumulación de pretensiones, el amparo constitucional intentado por la abogada Sara Ligia Navarro Pestana, en representación de los ciudadanos JAIRO RENATO JASPE GUERRERO y MARLENE JOSEFINA RONDÓN, antes identificados, en contra de las sentencias dictadas por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, del Trabajo y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Apure y Municipio Arismendi del Estado Barinas, el 21 y 25 de febrero de 2003. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
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