Sentencia N° 1664 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1664, Exp. 02-2910, 17/06/2003
Expediente02-2910
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoColision de Leyes
Fecha de la decisión2003-06-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara con lugar el recurso de colisión interpuesto por British Airways, P.L.C. La controversia se centra en la colisión entre el artículo 29 del Decreto con Fuerza de Ley de Timbre Fiscal y el artículo 44 de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Vargas, ambos referidos al impuesto de salida del país. La Sala determinó que la Ley de Timbre Fiscal del Estado Vargas prevalece sobre la norma nacional, estableciendo que los sujetos obligados deben cumplir con la legislación estatal.
Extracto de la motiva
La colisión se presenta por cuanto las dos conductas que se esperan de quien aplique las normas son incompatibles entre sí, de tal modo que obedecer la contenida en el artículo 29 del Decreto con Fuerza de Ley de Timbre Fiscal implica observar una conducta que en modo alguno supone obedecer el mandato previsto en el artículo 44 de la Ley de Timbre Fiscal del Estado Vargas. Así, atender una de las normas implica desconocer la otra. No puede pensarse en su aplicación simultánea, pues nuestro Derecho no acepta la doble tributación. Así, las normas se contradicen necesariamente, pues aun en el supuesto de contar con base legal, se contrariarían de manera flagrante los principios del sistema tributario consagrados en el Texto Constitucional.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de colisión de normas legales interpuesto por los apoderados judiciales de la empresa BRITISH AIRWAYS, P.L.C., entre las disposiciones tributarias contenidas en el artículo 29 del DECRETO CON FUERZA DE LEY DE TIMBRE FISCAL, publicado en Gaceta Oficial N° 5.146, del 22 de diciembre de 1999, y el artículo 44 de la LEY DE TIMBRE FISCAL DEL ESTADO VARGAS, publicada en Gaceta Oficial de esa entidad Nº 26, del 15 de julio de 2002, siendo esta última norma la aplicable para el caso del impuesto de salida del país y en general para el caso de cualquier otro tributo pagadero a través de timbre fiscal en el territorio de ese Estado.
Palabras clave
colision de normasimpuesto de salidatimbre fiscalBritish AirwaysLey de Timbre FiscalDecreto con Fuerza de LeyEstado Vargascompetencia tributaria