Sentencia N° 1662 — Sala Constitucional del TSJ, 2 de diciembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1662, Exp. 09-0950, 02/12/2009
Expediente09-0950
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2009-12-02
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional se pronuncia sobre la apelación interpuesta por Ingrid Siomara Oliveros de Hesselmann contra la decisión del Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que declaró inadmisible su acción de amparo. La Sala considera que las copias certificadas remitidas son insuficientes para decidir el recurso de apelación y ordena la remisión del expediente completo del juicio de amparo. Se destaca la importancia de la remisión del expediente original para garantizar un análisis integral del caso y evitar dilaciones indebidas en el proceso.

Extracto de la motiva

La Sala Constitucional establece que, conforme al artículo 35 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, los Tribunales de la Segunda Instancia deben recibir copia certificada de todo el expediente. Se resalta que, en casos donde no hay actividad procesal pendiente, es necesario remitir el expediente original para asegurar la celeridad y economía procesal. La Sala también hace un llamado de atención al Juzgado Superior para evitar errores en el futuro, enfatizando que la remisión del expediente completo es fundamental para la correcta resolución de los recursos de apelación en materia de amparo.

Dispositiva

Por tanto, esta Sala, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ordena al Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua que, dentro del lapso de dos (2) días más dos (2) días por término de la distancia, contados a partir de la recepción del oficio que a tal efecto se ordena librar, remita el expediente íntegro contentivo de la acción de amparo que interpuso el abogado Luis Rafael Aponte Aponte, actuando como apoderado judicial de la ciudadana Ingrid Siomara Oliveros de Hesselmann, actuando en nombre de ésta y de sus hijos menores de edad.

Palabras clave

amparoapelaciónexpedientedecisiónprotección de niñosinadmisionderechos constitucionalesceleridad procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca