Sentencia N° 166 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de marzo de 2023

TSJ/SC, Sent. N° 0166, Exp. 22-0307, 22/03/2023
Expediente22-0307
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaPenal
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2023-03-22
DecisiónIncompetente

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se declara incompetente para conocer de la solicitud de avocamiento presentada por la abogada Lorena Suhi Torres Castellano, en representación de los ciudadanos Moisés Alejandro Reyes Pérez e Israel Josué Hernández Zárraga. La solicitud se refiere a la causa N° VP03-P-2017-002535, que fue radicada por la Sala de Casación Penal del TSJ. La Sala declina el conocimiento de la causa a la Sala de Casación Penal, ordenando el remitir el expediente correspondiente.

Extracto de la motiva

Que “[e]n fecha 04 de marzo de dos mil veintidós (2022) Sala (sic) de Casación Penal del Tribunal Supremo De Justicia, declaró RADICACIÓN DE LA CAUSA por encontrarse llenos los extremos exigidos por el artículo 64 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se ordena RADICAR la referida causa judicial en el Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Aun cuando lo procedente sería un Avocamiento y así dicha Sala al momento de decidir expuso lo siguiente: ‘... Considera la Sala que, aun cuando las argumentaciones expuestas por la solicitante son propias de la solicitud de avocamiento, en interés de la justicia, y en protección del resguardo de la seguridad personal de todos los intervinientes en el referido proceso penal’…”. (Énfasis del escrito citado) Que [a] pesar de que la Sala de Casación Penal ordenó remitir el asunto al estado Carabobo, hasta la presente fecha no se ha asignado el Juez en el asunto, por cuanto la causa no ha sido remitida, quedando [sus] defendidos en un estado de incertidumbre e indefensión, tampoco han remitido el Recurso de apelación para la Corte de Apelaciones con el fin de resolver sobre la apelación realizada por esta Defensa (sic) ya que las actas continúan en los Tribunales del Circuito Judicial del Estado Zulia, demostrando una vez más el interés y el af...

Dispositiva

1. INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de avocamiento planteada por la abogada Lorena Suhi Torres Castellano. 2. DECLINA el conocimiento de la presente causa a la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia.

Palabras clave

debido_procesodefensaapelacionnulidadjusticiaindefension

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