Sentencia N° 1657 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de octubre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1657, Exp. 13-0814, 20/11/2013
Expediente13-0814
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-10-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por LUIS DÍAZ GONZÁLEZ, quien alegó la omisión de pronunciamiento del Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua. La Sala consideró que la acción de amparo era procedente, dado que la medida de arresto domiciliario dictada en su contra había decaído automáticamente tras el transcurso de dos años sin pronunciamiento del tribunal correspondiente. La decisión de inadmisibilidad dictada por la Sala Accidental N° 99 fue revocada, ordenando la libertad inmediata del accionante.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar la situación del accionante, constató que la medida de arresto domiciliario había excedido el plazo legal establecido, lo que generó la vulneración de sus derechos constitucionales. Se enfatizó que el silencio del tribunal ante la solicitud de decaimiento de la medida era un acto lesivo que justificaba la intervención de la Sala Constitucional. La decisión de la Sala Accidental fue considerada errónea, ya que no se tomó en cuenta el cese de la medida tras el tiempo transcurrido, lo que llevó a la Sala a declarar con lugar la acción de amparo y ordenar la libertad del demandante.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano LUIS DÍAZ GONZÁLEZ, y en consecuencia, se ordena su libertad inmediata.
Palabras clave
amparo constitucionallibertadarresto domiciliariodecaimiento de medida