Sentencia N° 1656 — Sala Constitucional del TSJ, 3 de octubre de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1656, Exp. 06-0886, 03/10/2006
Expediente06-0886
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2006-10-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión presentada por el abogado Héctor Antonio Aranguren Carrero en nombre de Esteban Rondón. La solicitud se fundamenta en la supuesta violación del debido proceso en la sentencia dictada el 29 de abril de 1999 por el Juzgado Superior Tercero en lo Penal. La Sala argumenta que el solicitante no presentó copia certificada de la decisión impugnada, lo que es un requisito esencial para la admisión de la revisión.

Extracto de la motiva

Una vez asumida la competencia, esta Sala reitera que la facultad revisora, otorgada en la Carta Magna de 1999, tiene la finalidad de garantizar la uniformidad en la interpretación de normas y principios constitucionales, y en ningún momento debe ser considerada como una nueva instancia debido a que sólo procede en los casos de sentencias definitivamente firmes. Esa revisión constitucional la ejerce esta Sala de manera facultativa, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Por ello, se encuentra en la obligación de considerar todos y cada uno de los fallos que son remitidos para su revisión, pero no de concederla y realizarla, por lo que su negativa no puede, en caso alguno, constituir violación del derecho a la defensa y al debido proceso de las partes.

Dispositiva

Por lo expuesto, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional intentada por el abogado Héctor Antonio Aranguren Carrero, actuando en nombre y representación del ciudadano Esteban Rondón, contra la sentencia dictada, el 29 de abril de 1999, por “el Juzgado Superior Tercero en lo Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui (hoy devenido en Sala de Corte de Apelación)”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

revisión constitucionaldebido procesohomicidio calificadosentencia inadmisiblederecho a la defensanotificacióntribunaljusticia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca