Sentencia N° 1654 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de julio de 2007
TSJ/SC, Sent. N° 1654, Exp. 04-1629, 31/07/2007
Expediente04-1629
PonenteFrancisco Antonio Carrasquero López
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-07-31
DecisiónPublíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre una acción de nulidad interpuesta por la Sociedad Mercantil LIBAVEN, C.A. contra la Ordenanza de Zonificación y Ordenación Urbanística del Municipio Los Salias. La Sala admitió la acción y ordenó notificaciones pertinentes a las autoridades municipales. Se requirió información adicional al Síndico Procurador del Municipio respecto a la expropiación de terrenos afectados por la ordenanza en cuestión.
Extracto de la motiva
Antes de emitir pronunciamiento respecto al fondo de la acción de nulidad interpuesta contra la Ordenanza de Zonificación y Ordenación Urbanística del Plan de Desarrollo Urbano Local del Municipio Los Salias y del Plano de Zonificación, publicada en la Gaceta Municipal del Municipio Los Salias n° Extraordinario, Año 20, del 17 de febrero de 2003, esta Sala estima necesario requerir información al Síndico Procurador del Municipio Los Salias del Estado Miranda, conforme al artículo 21, párrafo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, respecto a: 1) Si el Municipio Los Salias de Estado Miranda, dictó conforme lo prevé el artículo 64 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, el decreto de expropiación de los terrenos afectados por el Plano de Zonificación, y presuntamente por la Ordenanza de Zonificación y Ordenación Urbanística del Plan de Desarrollo Urbano Local del Municipio Los Salias, publicada en la Gaceta Municipal del Municipio Los Salias n° Extraordinario, Año 20, del 17 de febrero de 2003. 2) De no existir tal decreto de expropiación informe, si en atención al parágrafo único del citado artículo 64 de la Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio, el Municipio indemniza la sociedad mercantil LIBAVEN, C.A., en su carácter de propietaria de los terrenos y le asignó a los mismos un uso compatible con los fines establecidos en el plan respectivo.
Dispositiva
Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.