Sentencia N° 1647 — Sala Constitucional del TSJ, 22 de octubre de 2025

TSJ/SC, Sent. N° 1647, Exp. 17-0801, 22/10/2025
Expediente17-0801
PonenteJanette Trinidad Córdova Castro
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2025-10-22
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la solicitud de revisión interpuesta por Joao Mendes Pedro, debido a la falta de presentación de copia certificada de la decisión cuestionada. Se resalta la importancia de acompañar la solicitud con los documentos necesarios para su admisión, conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la autenticidad y validez de los documentos presentados en el proceso de revisión.

Extracto de la motiva

Por lo expuesto, la Sala debe reiterar, una vez más, la necesidad de acompañar a la solicitud de revisión los documentos indispensables para su admisión. Dado el carácter del procedimiento previsto para su tramitación, dichos documentos deben ser consignados en originales o en copias certificadas que permitan comprobar de forma indubitable su autenticidad. Como se ha señalado, dicho procedimiento carece de una fase de contradicción o de una obligación de notificación a la contraparte beneficiada por el acto de juzgamiento cuestionado, así como a cualquier otro interesado en su validez, que pudiera objetar la eficacia de los recaudos presentados. En tal sentido, para verificar la admisibilidad de una solicitud de revisión, tales documentos no deben generar ninguna duda respecto a su existencia y validez.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la solicitud de revisión constitucional que interpuso el ciudadano JOAO MENDES PEDRO, titular de la cédula de identidad n.° E-81.682.409, asistido por el profesional del derecho Henry Alexander Colmenares, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el n° 69.130, contra la sentencia de fecha 27 de marzo de 2017, proferida por la Sala 2º de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Barlovento.

Palabras clave

revisiónprocedimientodocumentaciónadmisibilidadjusticiatribunales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca