Sentencia N° 1644 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2003
TSJ/SC, Sent. N° 1644, Exp. 03-0623, 16/06/2003
Expediente03-0623
PonenteJOSÉ M. DELGADO OCANDO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-16
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de interpretación del artículo 24 de la Constitución presentada por Freddy Alfonso Vielma, declara inadmisible el recurso. La solicitud se fundamenta en la interpretación de la norma constitucional en relación a un caso penal específico, pero la Sala determina que no se cumplen los requisitos de admisibilidad, ya que la petición busca un pronunciamiento sobre un asunto ya resuelto judicialmente y en fase de ejecución de sentencia condenatoria.
Extracto de la motiva
La Sala debe reiterar el criterio sustentado en sus sentencias núms. 1309/2001, 759/2002, 867/2002 y 2926/2002. Así, se ha establecido que su facultad interpretativa merced a este medio está supeditada a que la norma a interpretar esté contenida en la Constitución (vid. Sentencia nº 1415 del 22 de noviembre de 2000, caso: Freddy Rangel Rojas) o integre el sistema constitucional (vid. Sentencia nº 1860 del 5 de octubre de 2001, caso: Consejo Legislativo del Estado Barinas), del cual formarían parte los tratados o convenios internacionales que autorizan la producción de normas por parte de organismos multiestatales (cf. Sentencia nº 1077 del 13 de diciembre de 2002, caso : Servio Tulio León) o las normas de carácter general dictadas por la Asamblea Nacional Constituyente (cf. Al respecto sentencia nº 1563/200, caso: Alfredo Peña). De manera que, en virtud de que se solicita la interpretación de una disposición constitucional – artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela- esta Sala asume la competencia para conocer de la presente solicitud y pasa a pronunciarse sobre su admisibilidad. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de interpretación propuesto en fecha 28 de febrero de 2003 por el ciudadano FREDDY ALFONSO VIELMA, respecto al artículo 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese, regístrese y archívese.