Sentencia N° 1642 — Sala Constitucional del TSJ, 31 de octubre de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1642, Exp. 07-1196, 31/10/2008
Expediente07-1196
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso de amparo constitucional interpuesto por CONSORCIO EL RECREO C.A. contra la medida cautelar dictada el 27 de julio de 2005, que limitaba su derecho a acceder a la justicia. Se anulan las decisiones del Juzgado Noveno que habían declarado inadmisible la apelación y se ordena la remisión del juicio por cumplimiento de contrato a otro juzgado. La Sala resalta la violación de derechos constitucionales, como el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, y establece que la medida cautelar era desproporcionada y carecía de fundamento legal.
Extracto de la motiva
La Sala observa que se demandó amparo contra: i) el decreto cautelar que fue emitido el 27 de julio de 2005; ii) la decisión del 13 de julio de 2006 que repuso la causa al estado de nueva admisión; iii) la ausencia de respuesta a la aclaratoria que se solicitó el 25 de julio de 2006; iv) el auto del 2 de febrero de 2007 que negó la apelación contra el acto judicial del 13 de julio de 2006; v) la dilación en la emisión de un pronunciamiento respecto de la nueva admisión de la demanda; y vi) el auto que negó a la agraviante el otorgamiento de las medidas de secuestro y embargo contra ALGALOPE; todas actuaciones y omisiones que se atribuyeron al Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en Caracas, las que, en criterio de la quejosa, infringen su derecho a una tutela judicial eficaz, al debido proceso, a la defensa, a la igualdad y la propiedad.
Dispositiva
Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley: Declara CON LUGAR la apelación y ANULA el fallo objeto de recurso que emitió el Juzgado Superior Octavo Civil y Mercantil Bancario con Competencia nacional y sede en Caracas, el 19 de julio de 2007, y, en consecuencia, declara: 1. CON LUGAR la pretensión de amparo contra la medida cautelar que fue dictada el 27 de julio de 2005 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia Civil y Mercantil Bancario favor de DISTRIBUIDORA ALGALOPE C.A. en el expediente n.° S-036-01. Por tanto, se ANULA esa decisión y, por vía de consecuencia, el pronunciamiento que fue emitido el 24 de abril de 2007 por ese mismo Juzgado, con ocasión de la demanda por cumplimiento de contrato que interpuso CONSORCIO EL RECREO C.A. contra DISTRIBUIDORA ALGALOPE C.A.
Palabras clave
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