Sentencia N° 1640 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1640, Exp. 13-0716, 19/11/2013
Expediente13-0716
PonenteLUIS FERNANDO DAMIANI BUSTILLOS
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-19
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por ROHERYS DEL VALLE NARVÁEZ CEDEÑO. La demandante alegó haber sido despojada de su hogar y solicitó la restitución del uso y disfrute del inmueble arrendado. La Corte de Apelaciones y varios juzgados declinaron la competencia, lo que llevó a la Sala Constitucional a decidir sobre el asunto.
Extracto de la motiva
La Sala Constitucional, al analizar el caso, determinó que el tribunal competente para conocer de la acción de amparo era el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro. Se destacó la importancia de la tutela judicial efectiva y el respeto a los derechos constitucionales de la demandante, así como la necesidad de resolver el conflicto de competencia de manera expedita.
Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, se declara COMPETENTE para dirimir el presente conflicto negativo de competencia y, en consecuencia, declara que el COMPETENTE para el conocimiento y decisión de la acción de amparo constitucional ejercida por la ciudadana ROHERYS DEL VALLE NARVÁEZ CEDEÑO, contra los ciudadanos Ledys Betzaida Ramos de Da Silva y Antonio Da Silva Cruz, es el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Delta Amacuro.
Palabras clave
amparo constitucionalconflicto de competenciadesalojo