Sentencia N° 1636 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1636, Exp. 11-1228, 05/12/2012
Expediente11-1228
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por Elías de Jesús Henche Tovar contra la decisión de la Comisión Judicial que suspendió su cargo de Juez Titular sin goce de sueldo. La Sala argumenta que el accionante no agotó los recursos ordinarios disponibles, específicamente el recurso contencioso administrativo de nulidad, lo que hace que la acción de amparo no sea procedente. Además, se resalta que la Comisión Judicial es un órgano administrativo del TSJ y que sus decisiones pueden ser impugnadas a través de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Extracto de la motiva
La presente acción de amparo fue interpuesta contra la decisión dictada el 11 de agosto de 2011 por la Comisión Judicial de este alto Tribunal, mediante la cual acordó la suspensión del cargo sin goce de sueldo de Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, la cual fue notificada el 20 de septiembre de 2011, mediante el Oficio N° CJ-11-2329 del 11 de agosto de 2011, suscrito por la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado. En tal sentido, el cardinal 18 del artículo 25 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con el artículo 8 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, atribuyen a esta Sala Constitucional la competencia para conocer en primera y última instancia las acciones de amparo constitucionales interpuestas contra los altos funcionarios públicos o altas funcionarias públicas nacionales de rango constitucional.
Dispositiva
1. INADMISIBLE la pretensión de recusación interpuesta por el abogado ELÍAS DE JESÚS HENECHE TOVAR contra los Magistrados Juan José Mendoza Jover y Gladys María Gutiérrez Alvarado. 2. INADMISIBLE la pretensión de amparo interpuesta por el abogado ELÍAS DE JESÚS HENECHE TOVAR contra la decisión dictada el 11 de agosto de 2011 por la Comisión Judicial de este alto Tribunal, mediante la cual acordó su suspensión del cargo de Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sin goce de sueldo.