Sentencia N° 1634 — Sala Constitucional del TSJ, 26 de noviembre de 2009

TSJ/SC, Sent. N° 1634, Exp. 08-1332, 26/11/2009
Expediente08-1332
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2009-11-26
DecisiónHomologa el desistimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la solicitud de avocamiento presentada por los abogados ENOE RODRÍGUEZ DE HERNÁNDEZ y SILVESTRE TOVAR en relación a un proceso de retasa de honorarios profesionales contra el Banco Latino C.A. La parte actora desistió de la solicitud de avocamiento, lo que llevó a la Sala a homologar dicho desistimiento. La decisión se fundamenta en que la Sala Accidental de la Sala Político-Administrativa fue finalmente constituida, permitiendo así que se decidiera la consulta de jurisdicción que había sido elevada anteriormente.

Extracto de la motiva

El avocamiento es una potestad que el artículo 5.48 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia atribuye, de manera exclusiva, a este Máximo Tribunal. Debe reiterarse la advertencia general de que el avocamiento constituye una excepción a las reglas generales atributivas de competencia material y, por ende, al principio constitucional del Juez natural. Por tal razón, la potestad de atracción que, por esta vía, haga la Sala respecto de alguna causa que esté siendo conocida por un Tribunal inferior que sería, en principio, el competente para la decisión correspondiente, debe ser ejercida con marcada ponderación, con estricta sujeción a sus supuestos legales de procedencia y como la vía necesaria para las correcciones que deban hacerse a la tramitación de la causa, luego de que sea adquirida la plena convicción de que no serán posibles tales subsanaciones, a través de la actuación del Juez que sería, en principio, el materialmente competente para el conocimiento y la decisión en dicho proceso.

Dispositiva

Por las razones que anteceden, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO que presentaron los abogados ENOE RODRÍGUEZ DE HERNÁNDEZ, SILVESTRE TOVAR y JESÚS ALBERTO VÁSQUEZ MANCERA de su solicitud de avocamiento al conocimiento de la consulta de jurisdicción que cursa ante la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, en el proceso judicial de retasa de honorarios profesionales que los abogados que se mencionaron entablaron contra el Banco Latino C.A.

Palabras clave

avocamientohonorariosjusticiajurisdiccióndesistimientoprocesoconstitucional

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