Sentencia N° 1630 — Sala Constitucional del TSJ, 11 de agosto de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1630, Exp. 05-2438, 11/08/2006
Expediente05-2438
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaPenal
Tipo de recursoCasacion Penal
Fecha de la decisión2006-08-11
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anula la decisión N° 342-05 de la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, que declaró 'sin lugar' el recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público. La Sala considera que la desaplicación de la norma prevista en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal no se ajusta a derecho, ya que debe tomarse en cuenta el tiempo que el penado estuvo sujeto a medidas cautelares sustitutivas de la privación de libertad para el cómputo de la pena y el otorgamiento de beneficios penitenciarios.
Extracto de la motiva
La Sala, en virtud de lo expuesto, considera que la desaplicación del segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal no se ajusta a derecho, ya que el tiempo que el penado estuvo sujeto a medidas cautelares sustitutivas de la privación de libertad debe ser considerado para el cómputo de la pena y el otorgamiento de beneficios penitenciarios. La Sala reitera que el control difuso de constitucionalidad debe ser ejercido por todos los jueces de la República, asegurando la supremacía de la Constitución y evitando la aplicación de normas inconstitucionales. Por lo tanto, se anula la decisión impugnada y se ordena que una Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia se pronuncie sobre los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía.
Dispositiva
1.- ANULA la decisión N° 342-05, dictada por la Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, el 21 de noviembre de 2005, en la cual se declararon 'sin lugar' los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía Vigésima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, contra las decisiones N° 359-05, del 19 de septiembre de 2005, y N° 388-05, del 28 de septiembre de 2005. 2.- ORDENA que una Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, distinta a la que dictó el fallo que aquí se anula, se pronuncie sobre los recursos de apelación interpuestos por la Fiscalía, con estricta sujeción a lo dispuesto en esta sentencia.
Palabras clave
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