Sentencia N° 1628 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2013

TSJ/SC, Sent. N° 1628, Exp. 13-0370, 19/11/2013
Expediente13-0370
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó las sentencias N° RC-000288 y RC-000289 dictadas por la Sala de Casación Civil, que declararon sin lugar los recursos de casación interpuestos por Almacenadora Fral, C.A. contra decisiones del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Carabobo. La revisión se fundamentó en la alegación de violación de principios constitucionales y la falta de aplicación de normas procesales en relación a las medidas cautelares solicitadas en un juicio de arrendamiento. La Sala Constitucional concluyó que las sentencias impugnadas incurrieron en incongruencia y ordenó la anulación de las mismas, así como la emisión de nuevos pronunciamientos por parte de la Sala de Casación Civil.

Extracto de la motiva

La revisión solicitada se encuadró en el supuesto de procedencia relativo a la violación de principios fundamentales contenidos en la Constitución cometidos en la sentencia objeto de revisión. En el presente caso, se pretende la revisión de las decisiones judiciales N° RC.000288 y RC.000289 dictadas el 8 de julio de 2012, por la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, cuando declaró sin lugar los recursos de casación, anunciados y formalizados por la demandada, contra las sentencias dictadas el 13 de octubre de 2010, por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con ocasión a unas medidas cautelares dictadas en el juicio que por resolución de contrato de arrendamiento inició la sociedad mercantil Inversiones 2006, C.A. contra Almacenadora Fral, C.A. Denunció la parte solicitante de la presente revisión, que no estaban cubiertos los extremos para decretar la medida de secuestro –objeto del presente caso-, a saber, que pudiese quedar ilusoria la ejecución del fallo y, que exista prueba que constituya presunción grave del derecho que se reclama, ya que al faltar uno de ellos, la misma no procede.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: 1.- HA LUGAR las solicitudes de revisión presentadas por el ciudadano José Javier Mas Queralt, procediendo en su carácter de Director de la sociedad mercantil ALMACENADORA FRAL, C.A., debidamente asistido por el abogado Carlos Augusto Álvarez Paz. 2.- ANULA las decisiones N° RC.000288 y RC.000289 dictadas el 8 de julio de 2011 por la Sala de Casación Civil de este Máximo Tribunal. 3.- Se ORDENA a la Sala de Casación Civil dictar nuevos pronunciamientos de fondo, congruente con la pretensión de la recurrente y las defensas que fueron opuestas.

Palabras clave

revisión constitucionalmedidas cautelarescontrato de arrendamientoincongruenciatutela judicial

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca