Sentencia N° 1624 — Sala Constitucional del TSJ, 16 de junio de 2003

TSJ/SC, Sent. N° 1624, Exp. 01-2551, 16/06/2003
Expediente01-2551
PonenteIván Rincón Urdaneta
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2003-06-16
DecisiónCúmplase lo ordenado

Resumen

La Sala Constitucional recibió un expediente de la Corte de Apelaciones relacionado con una acción de amparo constitucional interpuesta por Vicente Zárate Castellanos. El demandante alegó la violación de sus derechos constitucionales debido a la falta de una nueva sentencia en su apelación contra una condena por homicidio calificado. La Sala Constitucional ordenó notificar a la Corte de Apelaciones para que remita información sobre la sentencia solicitada.

Extracto de la motiva

Visto que mediante Oficio N° 466-01 del 5 de noviembre de 2001 la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas remitió a esta Sala Constitucional el expediente que contiene la acción de amparo constitucional interpuesta el 29 de octubre de 2001 por el ciudadano VICENTE ZÁRATE CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad N° 6.490.514, contra la Sala accidental N° 1 de la Corte de Apelaciones de ese Circuito Judicial Penal. Visto que la referida remisión obedece a la declinatoria de competencia realizada por la Sala N° 9 de la Corte de Apelaciones del mencionado Circuito Judicial el 5 de noviembre de 2001. Visto que la acción de amparo constitucional se fundamentó en la supuesta violación de derechos constitucionales por parte de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, por no haber dictado, hasta el momento de la interposición de dicha acción, una nueva sentencia que decidiera el recurso de apelación ejercido por el mencionado ciudadano contra una sentencia condenatoria dictada por un extinto Tribunal Penal de Primera Instancia, en la causa penal seguida en su contra por la presunta comisión del delito de homicidio calificado, según fue ordenado por la Sala de Casación Penal de este Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 14 de marzo de 2001.

Dispositiva

La Sala Constitucional ordena a su Secretaría, la notificación mediante oficio al Presidente de la Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, para que remita esa información, dentro de un lapso de dos (2) días contados a partir de su notificación. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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