Sentencia N° 1622 — Sala Constitucional del TSJ, 19 de noviembre de 2014

TSJ/SC, Sent. N° 1622, Exp. 14-0879, 19/11/2014
Expediente14-0879
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2014-11-19
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de noviembre de 2014, declaró con lugar el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Aduana Hernández Mauricio 1, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario que había declarado inadmisible la acción de amparo. La Sala consideró que la apelación fue presentada de manera oportuna y que el tribunal de origen no era competente para conocer la acción de amparo, dado que la relación jurídica entre la demandante y la Administración Aduanera era de naturaleza administrativa y no tributaria.

Extracto de la motiva

motivar el por qué no tomaba en cuenta dichos alegatos”, así como tampoco analizó las razones invocadas en el libelo “destinadas a evidenciar el por qué la vía del amparo tributario no era idónea para lograr el restablecimiento de los derechos constitucionales violados a mi defendida por las vías de hecho denunciadas”. Modificación del tema decidendum. Presunta trasgresión del criterio establecido en la sentencia n.° 7/2000. Al respecto, señala que la sentencia objeto de apelación modificó el “tema decidendum del libelo de amparo” al señalar que “la actividad desplegada por mi defendida en sede administrativa, estuvo dirigida a obtener respuesta sobre la imposibilidad de acceder al Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA)”, en tanto que afirma que lo realmente planteado en su libelo es el restablecimiento de la situación jurídica infringida con ocasión del bloqueo, suspensión o revocatoria de la clave de acceso al Sistema Aduanero Automatizado (SIDUNEA), para lo cual solicitó que se ordenara a la Intendencia Nacional de Aduanas que le entregara a su mandante una nueva clave de acceso al referido sistema, razón por la cual considera que la recurrida trasgrede la sentencia n.° 7 del 1 de febrero de 2000, según la cual el juez constitucional no puede modificar el tema decidendum. IV COMPETENCIA Esta Sala, mediante sentencia n.º 1 del 20 de enero de 2000 (caso: Emery Mata Millán), estableció el régimen competencial para conocer de las acciones de amparo constitucional, y señaló que le corresponde conocer de las apelaciones contra las IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 14 de 31 sentencias proferidas por los tribunales superiores (con excepción de los contencioso administrativos), Cortes de lo Contencioso Administrativo y de las Cortes de Apelaciones en lo Penal cuando éstos hayan decidido una acción de amparo en primera instancia. Asimismo, el artículo 25.19 de Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia prevé la competencia de esta Sala Constit

Dispositiva

PRIMERO: Que es COMPETENTE para conocer del recurso de apelación. SEGUNDO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil ADUANA HERNÁNDEZ MAURICIO 1, C.A. TERCERO: REVOCA la sentencia dictada, el 26 de junio de 2014, por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que declaró inadmisible la demanda de amparo interpuesta por la sociedad mercantil ADUANA HERNÁNDEZ MAURICIO 1, C.A. contra la Intendencia Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). CUARTO: DECLARA COMPETENTE a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativos de la Región Capital para el conocimiento de la demanda de amparo interpuesta por la sociedad mercantil ADUANA HERNÁNDEZ MAURICIO 1, C.A. contra la Intendencia Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). QUINTO: ORDENA al Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que remita el original del expediente AP41-O-2014-000001, contentivo de la demanda de amparo ejercida por la sociedad mercantil Aduana Hernández Mauricio 1, C.A. contra la Intendencia Nacional de Aduanas del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al Tribunal Superior Distribuidor con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Palabras clave

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