Sentencia N° 1620 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2012
TSJ/SC, Sent. N° 1620, Exp. 12-0101, 05/12/2012
Expediente12-0101
PonenteCarmen Zuleta de Merchán
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónTERMINADO DEL PROCEDIMIENTO, por abandono del trámite
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara terminado el procedimiento de la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Luis José Aray, en representación de los ciudadanos Iván José Chinea Alcalá, Juan Carlos Herrera y Joe Mail Mendoza Paracare, debido al abandono del trámite. Se impone una multa de cinco bolívares a la parte actora por la falta de impulso en el proceso, que se considera una conducta negligente que entorpece la administración de justicia.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la inactividad por seis (6) meses de la parte actora en el proceso de amparo, en la etapa de admisión o, una vez acordada ésta, en la práctica de las notificaciones a que hubiere lugar o en la de la fijación de la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, por falta de impulso del accionante, ocasiona el abandono del trámite de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y,. con ello, la extinción de la instancia. Así se declara.
Dispositiva
Se IMPONE a la parte actora una multa de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,00), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualquier institución financiera receptora de fondos públicos. La sancionada deberá acreditar el pago mediante la consignación bien ante la sede de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar o bien ante la Secretaría de esta Sala del comprobante correspondiente, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación.