Sentencia N° 1618 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2015

TSJ/SC, Sent. N° 1618, Exp. 14-0976, 10/12/2015
Expediente14-0976
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoInterpretacion Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-10
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de interpretación del artículo 348 de la Constitución presentada por Otoniel Pautt Andrade. La decisión se basa en la falta de legitimación del demandante, quien no demostró un interés jurídico actual y legítimo en su solicitud. La Sala reafirma que la interpretación constitucional no debe ser utilizada para resolver dudas meramente académicas y debe estar vinculada a un caso concreto.

Extracto de la motiva

La jurisprudencia de esta Sala ha perfilado como causales de admisibilidad de la pretensión de interpretación de normas constitucionales, las plasmadas en la sentencia Nº 798 del 14 de marzo de 2003 (caso: José A. Castillo Suárez), en los siguientes términos: '1. Legitimación para recurrir. En cuanto a la legitimación exigida para el ejercicio del recurso de interpretación de la Constitución, esta Sala reafirma el criterio que sostuvo en la decisión N° 1077/2000 de exigir la conexión con un caso concreto para poder determinar, por un lado, la legitimidad del recurrente y, por otro, verificar la existencia de una duda razonable que justifique el movimiento del aparato jurisdiccional en la resolución del mismo.' Esta Sala, analizando los requisitos de admisibilidad del recurso de interpretación, dejó sentado en sentencia N° 1.415 del 22 de noviembre de 2000 (caso: Freddy H. Rangel Rojas y Michel Brionne Gandon), en relación con la legitimación que debe poseer aquel que incoa este tipo de recursos, lo siguiente: '…Resuelto lo anterior, esta Sala pasa de seguidas a precisar los requisitos de admisibilidad de la acción de interpretación de la Constitución, en atención al objeto y alcance de la misma; son ellos los siguientes: 1.- Legitimación para recurrir. En cuanto a la legitimación exigida para el ejercicio del recurso de interpretación constitucional, esta Sala reafirma el criterio que sostuvo en la decisión nº 1077/2000 (caso: Servio Tulio León) de exigir la conexión con un caso concreto para poder determinar, por un lado, la legitimidad del recurrente y, por otro, verificar la existencia de una duda razonable que justifique el movimiento del aparato jurisdiccional en la resolución del mismo.'

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de interpretación interpuesta por el abogado OTONIEL PAUTT ANDRADE, ya identificado, sobre el contenido y alcance del texto del artículo 348 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

interpretacionconstitucionjurisprudenciaadmisibilidadlegitimacionrecursosconflictosnormas

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca