Sentencia N° 1617 — Sala Constitucional del TSJ, 5 de diciembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1617, Exp. 11-0974, 05/12/2012
Expediente11-0974
PonenteCARMEN ZULETA DE MERCHÁN
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2012-12-05
DecisiónHOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo constitucional

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la acción de amparo constitucional interpuesta por Manuel Enrique Reyes Peña, quien solicitó la admisión de la acción debido a un conflicto de competencia. El tribunal determinó que la acción de amparo era procedente, pero el demandante desistió de la misma, lo que fue homologado por la Sala. La decisión final establece que la Sala Constitucional es competente para conocer del conflicto de competencia entre el Juzgado Superior en lo Civil y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo.

Dispositiva

Primero.- COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia suscitado entre el entonces Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Segundo.- QUE CORRESPONDE a esta Sala Constitucional conocer la acción de amparo constitucional interpuesta por el ciudadano Manuel Enrique Reyes Peña. Tercero.- HOMOLOGA el desistimiento de la acción de amparo constitucional requerido por el ciudadano Manuel Enrique Reyes Peña.

Palabras clave

competenciaamparojurisdicciónderechosconstitucionalprocedimientocivil

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