Sentencia N° 1615 — Sala Constitucional del TSJ, 15 de mayo de 2008
TSJ/SC, Sent. N° 1615, Exp. 08-0612, 22/10/2008
Expediente08-0612
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2008-05-15
DecisiónDecaimiento del objeto
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara el decaimiento del objeto de la acción de nulidad interpuesta por el ciudadano Gian Luis Lippa Preziozi contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y la Resolución N° 01-00-000068. La decisión se basa en un precedente jurisprudencial que ya había declarado sin lugar un recurso similar, lo que hace innecesario un nuevo pronunciamiento sobre la inconstitucionalidad de la norma impugnada. La Sala concluye que no puede analizar la nulidad de la resolución administrativa sin antes determinar la inconstitucionalidad de su fuente normativa.
Extracto de la motiva
La parte actora impugnó mediante el recurso de nulidad por inconstitucionalidad, el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, así como el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Resolución N°01-00-000068, dictada 1 de abril de 2008 por el Contralor General de la República. Ahora bien, en razón del conocimiento de su propia actividad jurisdiccional, esta Sala observa que durante la tramitación del presente recurso se produjo el decaimiento de su objeto, ello en atención al precedente jurisprudencial establecido por este órgano jurisdiccional en sentencia N° 1265 del 5 de agosto de 2008 (caso: Ziomara del Socorro Lucena Guédez), en el cual se declaró sin lugar el recurso nulidad por razones de inconstitucionalidad interpuesto contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal. De allí, que el ejercicio de las potestades de control de constitucionalidad que tiene atribuidas esta Sala, resultan innecesarias a los fines de emitir pronunciamiento sobre cualquier alegato u argumento vinculado a la supuesta inconstitucionalidad de la disposición señalada supra.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DEL OBJETO de la acción de nulidad por razones de inconstitucionalidad, ejercido conjuntamente con amparo cautelar, interpuesta por la abogada Mirtha Josefina Guédez Campero, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano GIAN LUIS LIPPA PREZIOZI, contra el artículo 105 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal y contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en “…la Resolución N° 01-00-000068 de fecha 1° de abril de 2008, mediante la cual se le impuso la sanción de inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por un periodo de dos (2) años…”. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
nulidadinconstitucionalidadLey Orgánica de la Contraloríasanciónderecho a la defensadebido procesofunciones públicasresolución administrativa