Sentencia N° 1612 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de diciembre de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1612, Exp. 15-0974, 10/12/2015
Expediente15-0974
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2015-12-10
DecisiónNO HA LUGAR
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión presentada por Peter Broner Gelman contra la sentencia dictada el 4 de agosto de 2015 por la Sala de Casación Social, que declaró sin lugar su recurso de casación. El solicitante argumentó incongruencias en la sentencia recurrida, alegando que la decisión de divorcio no se fundamentó en las causales alegadas en su demanda. La Sala, tras analizar los argumentos, determinó que la revisión no contribuiría a la uniformidad jurisprudencial y que la decisión de la Sala de Casación Social fue razonada y ajustada a derecho.
Extracto de la motiva
La revisión a que hace referencia el artículo 336, numeral 10 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la ejerce de manera facultativa esta Sala Constitucional, siendo discrecional entrar al análisis de los fallos sometidos a su conocimiento. Ello es así, por cuanto la facultad de revisión no puede ser entendida como una nueva instancia, ya que sólo procede en casos de sentencias que han agotado todos los grados jurisdiccionales establecidos por la Ley y, en tal razón, tienen la condición de definitivamente firmes...
Dispositiva
Por las razones que anteceden, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara NO HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional que incoó el ciudadano PETER BRONER GELMAN, asistido por el abogado Roberto Salazar, contra la sentencia dictada el 4 de agosto de 2015, por la Sala de Casación Social de este Máximo Tribunal.