Sentencia N° 1610 — Sala Constitucional del TSJ, 13 de agosto de 2015
TSJ/SC, Sent. N° 1610, Exp. 15-0961, 10/12/2015
Expediente15-0961
PonenteMarcos Tulio Dugarte Padrón
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2015-08-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a una acción de amparo constitucional interpuesta por Yamily del Carmen Rodríguez Moreno, en representación de sus hijos, contra una decisión del Juzgado Superior Agrario de Mérida. La acción se fundamentó en la supuesta violación de derechos sucesorales y la falta de competencia del tribunal agrario para conocer de la regulación de competencia en un caso que involucraba a menores de edad. La Sala consideró que la medida de protección a la continuidad de la producción agroalimentaria debía ser revisada, dado que se había dictado sin la debida notificación al Ministerio Público, lo que contraviene el debido proceso.
Extracto de la motiva
La Sala observa que el presente juicio inició mediante una solicitud de medida cautelar autónoma de protección a la continuidad de la producción agroalimentaria, incoada por el ciudadano José Ramón Araujo Briceño, sobre la producción del Fundo Agropecuario El Carmen, ante el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, que el 29 de abril de 2013, acordó la medida solicitada. Asimismo, se aprecia que los hoy accionantes en amparo, el 18 de febrero de 2015, se opusieron a dicha medida, motivo por el cual el 23 de abril de 2015, el tribunal de la causa se declaró incompetente en razón de la materia, declinando el conocimiento de la misma en los tribunales con competencia en materia de niños, niñas y adolescentes. Ante lo cual, el ciudadano José Ramón Araujo Briceño solicitó la regulación de la competencia, siendo remitido el expediente al Tribunal Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, el cual, el 21 de julio de 2015, dictó el fallo hoy accionado en amparo, mediante el que se declaró competente para conocer del pedimento y señaló como competente para conocer de la medida de protección agraria al Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario.
Dispositiva
Por lo expuesto, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara con lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por Yamily del Carmen Rodríguez Moreno, en representación de sus hijos, contra la sentencia dictada el 21 de julio de 2015, por el Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, y en consecuencia, se anula dicha decisión, ordenando que se remita el expediente al tribunal competente para que se pronuncie sobre la medida de protección solicitada, garantizando así el debido proceso y los derechos de los menores involucrados.
Palabras clave
amparo constitucionalproducción agroalimentariaderechos sucesoralesmenores de edaddebido proceso