Sentencia N° 161 — Sala Constitucional del TSJ, 14 de marzo de 2016

TSJ/SC, Sent. N° 161, Exp. 15-0434, 14/03/2016
Expediente15-0434
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2016-03-14
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la solicitud de revisión constitucional de la decisión dictada el 27 de marzo de 2014 por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario, que había declarado sin lugar la demanda de resolución de contrato de promesa bilateral de compraventa interpuesta por la sociedad Corporación 1120, C.A. contra Víctor Manuel Sanabria Angulo. La Sala anula la sentencia objeto de revisión y ordena que otro Juzgado Superior resuelva la apelación en la causa originaria, destacando que la falta de notificación adecuada al demandado fue un factor determinante en la decisión.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la sentencia objeto de revisión no acató los criterios interpretativos que persiguen el ajuste de la actividad judicial a los principios del debido proceso, derecho a la defensa y tutela judicial eficaz. En consecuencia, se declara ha lugar la revisión, se anula la sentencia objeto de revisión y se repone la causa al estado de que otro Juzgado Superior que corresponda por distribución resuelva la apelación en la causa originaria. Así se decide.

Dispositiva

1) HA LUGAR la solicitud de revisión constitucional de la decisión dictada el 27 de marzo de 2014, por el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en el juicio que por resolución de contrato de promesa bilateral de compraventa interpuso la sociedad Corporación 1120, C.A. contra el ciudadano Víctor Manuel Sanabria Angulo. 2) NULA la sentencia objeto de revisión. 3) SE REPONE la causa originaria al estado de que el Juzgado Superior que por distribución corresponda, dictar decisión sobre el recurso de apelación propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra el fallo dictado el 24 de mayo de 2013, por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda de resolución de contrato de promesa bilateral de compraventa interpuesta por Corporación 1120, C.A. contra el ciudadano Víctor Manuel Sanabria Angulo. 4) REVOCA el llamado de atención al Juzgado Superior Cuarto de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas contenido en sentencia n.° 1219 dictada en el curso de esta causa y lo hace en su lugar al Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Palabras clave

revisión constitucionalresolución de contratopromesa bilateral de compraventa

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