Sentencia N° 1609 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1609, Exp. 07-0176, 30/07/2007
Expediente07-0176
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2007-07-30
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible la demanda de amparo interpuesta por Luis Alberto Labarca Briceño contra la decisión del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Falcón, que impuso un arresto disciplinario. La decisión se fundamenta en la existencia de litispendencia, ya que se presentaron dos acciones idénticas ante diferentes tribunales. La Sala argumenta que la litispendencia es causal de inadmisibilidad según la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

De la norma transcrita puede desprenderse el establecimiento de la figura jurídica denominada litispendencia, que se encuentra referida a aquellas causas que tienen en común los tres elementos identificadores a saber: sujetos, objeto y título o causa petendi, por lo que, al ser advertida (la litispendencia) no se refiere a dos o más causas idénticas, sino de una misma causa presentada varias veces ante autoridades judiciales igualmente competentes. De esta forma, al ser declarada esta figura por el tribunal que la previno bien sea de oficio o a solicitud de parte, el efecto jurídico de la misma conduce a la extinción de una de las causas, con el propósito de evitar que se produzcan fallos contradictorios al momento de resolver un mismo juicio (Sentencia N° 50 del 3 de febrero de 2004, caso: Edgar Darío Núñez Alcántara). Siendo así, en el presente caso se pudo observar que en las acciones de amparo presentadas y que cursan en los expedientes números 07-0127 y 07-0139, existe una identidad de sujetos, objeto y título, que al ser conocida por esta Sala, hace improcedente declarar la acumulación solicitada y origina la declaratoria de litispendencia -en este caso- con relación al expediente N° 07-0139, por ser el último que presentó la parte accionante y haberlo advertido la Sala con posterioridad a la causa que cursa en el expediente N° 07-0127, razón por la cual, resulta imperioso declarar de oficio la existencia de la litispendencia y, en consecuencia, la extinción de la causa contenida en el expediente N° 07-0139 conforme a lo establecido en el artículo 61 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por disposición del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, todo ello a los fines de evitar decisiones contradictorias.

Dispositiva

Por los razonamientos que anteriormente fueron expuestos, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, por litispendencia, la demanda de amparo que interpuso el ciudadano LUIS ALBERTO LABARCA BRICEÑO contra el acto jurisdiccional del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, del 21 de diciembre de 2006, que impuso al quejoso arresto disciplinario por ocho días. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.

Palabras clave

amparolitispendenciaarresto disciplinariodecisión judicialderechos constitucionalesprocedimiento civil

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