Sentencia N° 1608 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de diciembre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1608, Exp. 10-1364, 25/10/2011
Expediente10-1364
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2011-12-09
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el amparo constitucional interpuesto por la Administradora C.B.A., C.A. contra la decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró improcedente el amparo. La Sala concluyó que no se evidenció violación de derechos constitucionales, ya que la decisión cuestionada había sido analizada en dos instancias previas, y se consideró que el juez actuó dentro de su competencia y sin abuso de poder. Por lo tanto, se declaró sin lugar el amparo solicitado.
Extracto de la motiva
La decisión objeto de apelación fue dictada el 11 de noviembre de 2010 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente el amparo constitucional ejercido por el representante legal de la Administradora C.B.A., C.A. Al respecto, estableció dicho fallo que “los aspectos en los cuales se fundamenta la acción de amparo ejercida, -esto es-, si estamos o no en presencia de un contrato a tiempo determinado para decidir si la pretensión incoada de cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento del término y de su prórroga legal, es o no procedente en derecho, fue analizado en dos instancias de conocimiento, conociendo en primer grado el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de [esa] Circunscripción Judicial quien dictó sentencia en fecha 04 de agosto de 2009 y luego, en alzada en virtud del recurso de apelación ejercido, el Juzgado Octavo de Primera Instancia ya referido, es decir, que dos jurisdicentes se pronunciaron con relación a los hechos planteados, señalándose como lesivo al Texto Fundamental, el fallo emitido en segundo grado de conocimiento.”
Dispositiva
Por lo anteriormente expuesto, solicitó que “se le acuerde a [su] representado mandamiento de amparo constitucional y a los fines del restablecimiento de la situación jurídica infringida, [pide] se declare la nulidad de la sentencia definitiva proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 28 de enero de 2010, en el juicio seguido por [su] representada… contra el ciudadano FREDY ANTONIO CASANOVA ORTEGÓN, por cumplimiento de contrato de arrendamiento por vencimiento de la prórroga legal… y que se ordene la reposición de la causa al estado de que otro tribunal se pronuncie [con] respecto al recurso de apelación que originó la sentencia lesiva.”
Palabras clave
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