Sentencia N° 1605 — Sala Constitucional del TSJ, 30 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1605, Exp. 07-0626, 30/07/2007
Expediente07-0626
PonentePedro Rafael Rondón Haaz
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Constitucional revisa una solicitud de revisión de un acto jurisdiccional que desaplicó el artículo 1.534 del Código Civil, argumentando que atenta contra derechos constitucionales. Se establece que la revisión es procedente solo si el fallo es definitivamente firme. La Sala aclara que los fallos de desaplicación de normas son revisables y que la remisión debe hacerse con la firmeza requerida. Se ordena al juzgado que aclare el estado actual de la demanda de amparo y si se interpuso recurso contra la omisión de admisión de la apelación.

Extracto de la motiva

La Sala reitera que la razón que lo justifica es la necesidad de lograr “mayor eficacia de la conexión entre el control concentrado, que corresponde a esta Sala, y el control difuso, que corresponde a todos los jueces de la República”, pues de esa manera se obtendrá una mayor protección del texto constitucional y se evitará la aplicación general de normas inconstitucionales o la desaplicación de normas ajustadas a la Constitución en claro perjuicio para la seguridad jurídica y el orden público constitucional. Esta Sala sólo conoce, por mandato constitucional y legal, de la revisión de fallos definitivamente firmes. Cualquier fallo en el que efectivamente se haya ejercido el control difuso, remitido sin la firmeza requerida escapa de la revisión de la Sala, pues es objeto de los recursos a que haya lugar ante los órganos jurisdiccionales que corresponda.

Dispositiva

En consecuencia, esta Sala Constitucional ordena al Juzgado Primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas que, dentro de los cinco (5) días siguientes a su notificación, más el término de la distancia, aclare a esta Sala el estado actual en el que se encuentra la demanda de amparo que intentó la ciudadana Luisa Del Valle La Verde contra el ciudadano Alirio Antonio Centeno, e informe si dicho ciudadano interpuso algún recurso contra la omisión de admisión de la apelación que ejerció contra el veredicto que emitió dicho Juzgado el 1° de marzo de 2007, para lo cual se ordena su notificación a través de dicho juzgado.

Palabras clave

revisión constitucionaldesaplicación de normaderechos constitucionalesCódigo Civilamparocontrol difusofirmeza de fallo

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