Sentencia N° 1601 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2006

TSJ/SC, Sent. N° 1601, Exp. 05-1611, 10/08/2006
Expediente05-1611
PonentePEDRO RAFAEL RONDÓN HAAZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-08-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el amparo constitucional interpuesto por Nélida Rosa Martínez contra decisiones de varios juzgados en el Área Metropolitana de Caracas. La apelante alegó violaciones a sus derechos a la tutela judicial y al debido proceso. La Sala, tras revisar el caso, decidió declarar con lugar el amparo solicitado, ordenando la remisión de copia certificada del expediente respectivo para su revisión.

Extracto de la motiva

Por cuanto el fallo objeto de apelación fue dictado por el Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas con ocasión a la demanda de amparo constitucional que incoó la ciudadana Nélida Rosa Martínez contra los actos decisorios que emitió, el 13 y 20 de diciembre de 2004 y 22 de febrero de 2005, el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa misma Circunscripción Judicial y contra los actos de juzgamiento, del 6 de mayo y 6 de junio de 2005, provenientes del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; por cuanto, esta Sala, mediante decisión del 7 de diciembre de 2005, declaró definitivamente firme la sentencia que pronunció el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 28 de enero de 2005, que había sido elevada en consulta, en la demanda de amparo constitucional que incoó la ciudadana Nélida Rosa Martínez, con la asistencia del abogado Tulio Rafael Hernández Guevara, contra “las actuaciones del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la referida Circunscripción Judicial”; en atención a que la circunstancia que se apuntó crea incertidumbre respecto a lo que fue objeto de impugnación ante el Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas –puesto que el auto de esta Sala de 7 de diciembre de 2005 no especificó cuáles fueron las actuaciones del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esa Circunscripción Judicial que, en esa oportunidad, fueron denunciadas como lesivas-, lo cual podría incidir en forma directa en la resolución del caso de autos, esta Sala ordena, de conformidad con lo que dispone el artículo 17 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, al Juzgado Superior Quinto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas remita a esta Sala copia certificada del expediente respectivo –el cual le fue remitido mediante oficio n° 06-08 de 10.01.06, y recibió el día 11 siguiente-, en un lapso perentorio de los tres (3) días siguientes a la notificación del presente auto, so pena de incursión en las infracciones que establece el cardinal 2 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

Dispositiva

Publíquese, regístrese y notifíquese. Ofíciese lo conducente.

Palabras clave

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