Sentencia N° 1600 — Sala Constitucional del TSJ, 20 de octubre de 2011
TSJ/SC, Sent. N° 1600, Exp. 11-1024, 20/10/2011
Expediente11-1024
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2011-10-20
DecisiónInadmisible
Resumen
La abogada Ana Miguelina Muentes de Santana interpuso una demanda de amparo constitucional contra la decisión de la Sala de Casación Civil del TSJ, alegando violaciones a sus derechos a la defensa y al debido proceso. La Sala Constitucional, tras analizar la solicitud, determinó que la demanda era inadmisible, basándose en disposiciones de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales que excluyen la posibilidad de amparo contra decisiones de la Corte Suprema de Justicia.
Extracto de la motiva
Dispone el artículo 3 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia: 'El Tribunal Supremo de Justicia es el más alto Tribunal de la República; contra sus decisiones, en cualquiera de sus Salas, no se oirá, ni admitirá acción ni recurso alguno, salvo lo que se dispone en la presente Ley.' Asimismo, el artículo 6, cardinal 6, de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, establece: 'Artículo 6.- No se admitirá la acción de amparo: (...) 6) Cuando se trate de decisiones emanadas de la Corte Suprema de Justicia.' De las disposiciones normativas anteriores se colige que la demanda de amparo que se analiza es inadmisible.
Dispositiva
Por las razones que se expresaron supra, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda de amparo constitucional interpuesta por la abogada ANA MIGUELINA MUENTES DE SANTANA, actuando en su propio nombre y representación, contra la sentencia n.° 326 que dictó la Sala de Casación Civil de este Tribunal Supremo de Justicia, el 20 de julio de 2011. Publíquese, regístrese y archívese el expediente.