Sentencia N° 160 — Sala Constitucional del TSJ, 17 de febrero de 2004

TSJ/SC, Sent. N° 160, Exp. 03-1010, 17/02/2004
Expediente03-1010
PonenteJESÚS EDUARDO CABRERA ROMERO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2004-02-17
DecisiónNO HA LUGAR

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la solicitud de revisión interpuesta por José Rafael Ramírez Córdova contra un fallo de la Corte de Apelaciones que anuló una audiencia constitucional y una sentencia de amparo. La Sala concluyó que la decisión impugnada no era una sentencia definitivamente firme, ya que no se pronunció sobre el fondo de la controversia, sino que reponía la causa para una nueva citación. Por lo tanto, se declaró que no había lugar a la solicitud de revisión.

Extracto de la motiva

La Sala ha sostenido que su facultad para revisar las actuaciones de otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y de los demás tribunales y juzgados del país busca garantizar el cumplimiento de las normas y principios constitucionales. En este caso, se argumentó que la decisión de la Corte de Apelaciones no era firme, ya que anuló un acto del proceso de amparo y no se pronunció sobre el fondo de la controversia. La Sala enfatizó que la revisión de sentencias definitivamente firmes es excepcional y debe estar sujeta a criterios específicos establecidos en la Constitución.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que NO HA LUGAR a la solicitud de revisión interpuesta por el ciudadano JOSÉ RAFAEL RAMÍREZ CÓRDOVA, asistido por el abogado CARLOS RAMÍREZ TREJO, del fallo del 3 de abril de 2003, dictado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, que anuló la audiencia constitucional celebrada el 21 de enero de 2003, ante el Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y la sentencia del 28 de enero de 2003, proferida por el referido Juzgado de Juicio, que declaró con lugar la acción de amparo constitucional ejercida contra Televisión de Margarita C.A. (TELECARIBE) y la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL). Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.

Palabras clave

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