Sentencia N° 1596 — Sala Constitucional del TSJ, 9 de julio de 2002

TSJ/SC, Sent. N° 1596, Exp. 01-0416, 09/07/2002
Expediente01-0416
PonenteAntonio J. García García
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2002-07-09
DecisiónTerminado el procedimiento

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declaró terminado el procedimiento de amparo constitucional interpuesto por INVERSIONES IBEPRO S.R.L. contra la decisión del Juzgado Superior Décimo que había declarado sin lugar la acción de amparo presentada por MILAGROS MAGALY ARANDA. La Sala fundamentó su decisión en la falta de comparecencia de las partes durante la audiencia constitucional, lo que llevó a la conclusión de que la sentencia impugnada no afectaba derechos de orden público.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la presente acción de amparo constitucional, por lo que analizadas como han sido las actas del expediente, se observa: Según acta del 2 de julio de 2002, anunciada la audiencia oral y pública en la acción de amparo constitucional interpuesta por la abogada Miriam Bali de Alemán, actuando con el carácter de apoderada judicial de INVERSIONES IBEPRO, S.R.L., contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2000, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se dejó constancia de la no comparecencia de la representación legal de la referida compañía, accionante en amparo, del presunto agraviante; igualmente, se dejó constancia de la ausencia del tercero coadyuvante, ciudadana MILAGROS MAGALY ARANDA, ni de su apoderada judicial, así como tampoco de la representación del Ministerio Público, por lo que esta Sala declaró terminado el procedimiento de amparo.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO en la acción de amparo constitucional intentada por la abogada Miriam Bali de Alemán, actuando con el carácter de Directora Principal de INVERSIONES IBEPRO S.R.L., antes identificada, contra la sentencia dictada el 17 de octubre de 2000, por el Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Publíquese, regístrese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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