Sentencia N° 1591 — Sala Constitucional del TSJ, 18 de noviembre de 2013
TSJ/SC, Sent. N° 1591, Exp. 12-0484, 18/11/2013
Expediente12-0484
PonenteGLADYS MARÍA GUTIÉRREZ ALVARADO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoRevision Constitucional
Fecha de la decisión2013-11-18
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia revisó la sentencia del Juzgado Superior Séptimo que declaró con lugar la demanda de resolución de contrato de opción de compra-venta interpuesta por José Antonio Bolívar Pérez. La Sala encontró vicios procesales en la decisión del juzgado inferior, incluyendo la omisión de pruebas y el análisis incompleto de las cargas probatorias, lo que violó los derechos al debido proceso y a la defensa. Como resultado, se declaró con lugar la revisión y se anuló el fallo, ordenando la remisión del expediente para una nueva decisión.
Extracto de la motiva
La parte actora junto al libelo de la demanda presentó: Copia Certificada del poder especial (f. 09 al 13), otorgado por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Baruta del Estado Miranda, bajo el Nº 45, del Tomo 19, de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaría. Dicha copia certificada fue presentada a la parte demandada y esta última en su escrito de contestación a la demanda, Dicha documental fue presentada a la parte demandada la cual no impugnó ni tachó de falso en su oportunidad procesal correspondiente, razón por la cual es legal de conformidad con lo establecido en los artículos 1.357 y 1.359 del Código Civil en concordancia con lo estipulado en el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, dicha copia certificada es pertinente por cuanto se desprende del mismo la cualidad de los abogados GUILLERMO AVINADAL TORRES QUIÑONES, ANDRÉS NÚÑEZ LANDÁEZ y VICTORIA EUGENIA PÉREZ CONTRERAS, antes identificados, de representar judicialmente al ciudadano JOSÉ ANTONIO BOLÍVAR PÉREZ, antes identificado, razón por la cual se le otorga pleno valor probatorio y así se establece.
Dispositiva
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para el conocimiento de la solicitud de revisión. SEGUNDO: Declara que HA LUGAR la solicitud revisión del fallo que emitió el Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 22 de febrero de 2012, que declaró con lugar la demanda de resolución de contrato de opción de compra-venta - y sin lugar la reconvención también por resolución del mismo contrato- que interpuso el ciudadano José Antonio Bolívar Pérez interpuso contra Ismenia Helena Rivas de Gutiérrez y Luis Armando Gutiérrez Ferrer. TERCERO: ANULA el fallo objeto de la solicitud y REPONE el juicio al estado de que se emita nueva decisión en Alzada. CUARTO: ORDENA al Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas la remisión del expediente n.° AP31-V-2010-001451 de la nomenclatura de ese Juzgado al Tribunal Superior Distribuidor en lo Civil, Mercantil y Transito de la misma Circunscripción para que éste lo envíe a otro Juzgado Superior que emita nueva decisión sin incurrir en los vicios señalados.
Palabras clave
contratoresolucióncláusula penalcarga de la pruebabuena federecho civil