Sentencia N° 1589 — Sala Constitucional del TSJ, 4 de diciembre de 2012

TSJ/SC, Sent. N° 1589, Exp. 12-1039, 04/12/2012
Expediente12-1039
PonenteFRANCISCO ANTONIO CARRASQUERO LÓPEZ
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo
Fecha de la decisión2012-12-04
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la presente sentencia, declara inadmisible la acción de amparo interpuesta por un grupo de ciudadanos en defensa de los derechos colectivos de los odontólogos de varios estados del país. Los solicitantes argumentaron que las Juntas Directivas y Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Odontólogos no han convocado elecciones, lo que vulnera su derecho a la participación política y al sufragio. La Sala, tras analizar la competencia y la admisibilidad de la acción, concluye que el recurso contencioso electoral es el medio idóneo para resolver la situación planteada, por lo que se declara inadmisible la demanda.

Extracto de la motiva

La Sala, tras analizar la competencia y la admisibilidad de la acción, concluye que el recurso contencioso electoral es el medio idóneo para resolver la situación planteada, por lo que se declara inadmisible la demanda.

Dispositiva

PRIMERO.- COMPETENTE para conocer la demanda de amparo en protección de derechos colectivos incoada por los ciudadanos ROSARIO MEJÍAS, CARLOS GARCÍA, MARYORIS YERENA, REINA SERGES, MARIO PLAZA CORONADO, MARIO PLAZA ARAUJO, MIGUEL CHAVEZ, MARIELA ALBORNOZ, PRIYI ALBARRAN, ANDREA ALBORNOZ, ANA BASTARDO y PABLO QUINTERO, contra las Juntas Directivas y Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Odontólogos de los estados Anzoátegui, Apure, Aragua, Barinas, Bolívar, Carabobo, Cojedes, Falcón, Guárico, Lara, Mérida, Miranda, Nueva Esparta, Portuguesa, Sucre, Táchira, Trujillo, Vargas, Yaracuy, Zulia y Distrito Capital “y de las Delegaciones de los estados Amazonas y Delta Amacuro”. SEGUNDO.- INADMISIBLE la demanda incoada. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado. Archívese el expediente.

Palabras clave

amparoderechos colectivoseleccionescolegios profesionalesinactividadrecurso contencioso electoral

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