Sentencia N° 1589 — Sala Constitucional del TSJ, 23 de julio de 2007

TSJ/SC, Sent. N° 1589, Exp. 07-0693, 23/07/2007
Expediente07-0693
PonenteArcadio Delgado Rosales
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2007-07-23
DecisiónNo Acepta

Resumen

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la apelación interpuesta por Freddy José Sánchez Dávila contra la decisión del Juzgado Superior Segundo que declaró improcedente la acción de amparo. La Sala determinó que el recurso de apelación fue presentado de manera extemporánea, lo que impide su admisión. Se argumentó que la apelación no cumplió con los plazos establecidos por la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.

Extracto de la motiva

La denuncia de violación de los derechos constitucionales relativos a la tutela judicial efectiva, al debido proceso, al derecho a la defensa, por falta de motivación e indeterminación objetiva que hizo el demandante (…) implica en realidad una pretensión de reexamen de las apreciaciones que realizó ese Tribunal para llegar a la conclusión contentiva en la dispositiva del fallo, por lo tanto este fallo (sic) tal como se dijo en la audiencia oral y pública debe ser declarado IMPROCEDENTE en la dispositiva de este fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: NO ACEPTA LA REMISIÓN DEL EXPEDIENTE contentivo de la apelación interpuesta por el apoderado judicial del ciudadano FREDDY JOSÉ SÁNCHEZ DÁVILA contra la decisión dictada el 23 de abril de 2007 por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.

Palabras clave

amparo constitucionaltutela judicial efectivadebido procesoindeterminación objetivaapelacióndecisión judicial

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