Sentencia N° 1586 — Sala Constitucional del TSJ, 10 de agosto de 2006
TSJ/SC, Sent. N° 1586, Exp. 05-1183, 10/08/2006
Expediente05-1183
PonenteLUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2006-08-10
DecisiónHomologa el desistimiento
Resumen
La ciudadana Aura Norma Sampere interpuso una acción de amparo constitucional en representación de sus hijos, contra una decisión de la Corte Superior que afectaba sus derechos. La Sala Constitucional, tras revisar el caso, admitió la acción y suspendió los efectos de la decisión impugnada. Posteriormente, los abogados de Sampere solicitaron la homologación del desistimiento de la acción de amparo, lo cual fue aceptado por la Sala, considerando que no se afectaban derechos de orden público ni de terceros. Finalmente, se dejó sin efecto la medida cautelar otorgada.
Extracto de la motiva
En consecuencia, al estar los abogados Juvencio Sifontes y Elio Castrillo, facultados expresamente para desistir, como se desprende de copia certificada del poder inserta al folio 11 del presente expediente, y por cuanto en la presente causa no está involucrado el orden público en el sentido de que no se ven afectados los intereses de una parte de la colectividad o el interés general, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, HOMOLOGA el desistimiento de la presente acción de amparo constitucional formulado por los referidos abogados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Aura Norma Sampere.
Dispositiva
HOMOLOGA el desistimiento de la presente acción de amparo constitucional formulado por los referidos abogados, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana Aura Norma Sampere. En consecuencia de lo anterior, se deja sin efecto la medida cautelar otorgada. Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Palabras clave
amparo constitucionaldesistimientoderechos constitucionalesobligación alimentariamedida cautelartutela judicialinterés superior del niño